Los fallos judiciales en Salta y Tierra del Fuego se alinearon en contra de la utilización del dióxido de cloro, para el tratamiento del coronavirus.
Así surgen sentencias contrarias a la decisión del juez que ordenó el suministro de la sustancia a un paciente de 93 años y que falleció.
En Neuquén, un niño de 5 años murió en agosto pasado, un día después de ingerir el dióxido de cloro que “le suministrarán sus padres” con la falsa idea de que les serviría para “prevenir el coronavirus”.
Los padres ingresaron al hospital con el niño y le dijeron a los médicos que le habían dado de tomar 700 mililitros de dióxido de cloro, según fuentes del Hospital de Plottier.
Antes de la muerte del niño neuquino, la conductora televisiva Viviana Canosa, frente a las cámaras, bebió de una botella plástica líquido que ella describió como dióxido de cloro y dijo que era un antídoto contra el Virus Coronado.
El director del Hospital de Plottier, Rafael Palomino, señaló en esa oportunidad que la ingesta de dióxido de cloro “produce alteraciones a nivel de la sangre, como anemias hemolíticas, se rompen los glóbulos rojos, también el paciente transforma esa sustancia en metahemoglobina, una especie de intoxicación por cianuro”.
Tras conocerse aquella muerte, el Ministerio de Salud reseñó que la utilización de dióxido de cloro para el tratamiento de la Covid-19, u otras enfermedades, “no cuenta con estudios que demuestren su eficacia y no posee autorización”.
Al hecho sucedido en Neuquén se sumó otro registrado esa misma semana en Jujuy, donde se conoció el caso de un hombre de 50 años que falleció en la localidad de San Pedro, también presuntamente luego de ingerir de dióxido de cloro.
En tanto, en Ushuaia una mujer se presentó en el mes de noviembre ante el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de esa ciudad, a cargo del juez Sebastián Osado Viruel, para solicitar una “medida autosatisfactiva” que obligue a los médicos del sanatorio a suministrarle a su padre un tratamiento en base a dióxido de cloro.
Los abogados de la clínica mencionaron que se trata de una “terapia no comprobada, ni autorizada”.
Con estos elementos, el juez resolvió desestimar el pedido, y en los argumentos del fallo tuvo en cuenta la disposición de la Anmat, que prohíbe “el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de ese producto”.
También en Salta la Justicia rechazó un pedido para tratar con dióxido de cloro a un paciente con coronavirus.
Los familiares propusieron en una nota, el 1 de septiembre ,que se le suministrara dióxido de cloro al paciente argumentando un tratamiento compasivo.
En el informe de la causa, el presidente del comité de Bioética Clínica señaló que el tratamiento solicitado “se encuentra expresamente prohibido por las entidades científicas y administrativas de la salud nacional e internacional”.
Esta acción de amparo fue rechazada en el pasado mes de octubre, y en la actualidad se encuentra apelada ante la Corte de Justicia salteña.
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