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El Ministerio de Salud establece a qué pacientes se podrá administrar suero equino y plasma de convalecientes

Dichas resoluciones que establecen los criterios para aplicar las principales herramientas terapéuticas contra el Covid-19 se anunciarán en las próximas horas. Las recomendaciones fueron consensuadas con  científicos investigadores que participaron de los ensayos clínicos

 

 

Dos de las herramientas centrales de la terapéutica contra el Covid-19 esperan la definición de una normativa para su aplicación.

La Secretaría de Calidad en Salud ha definido en qué estadío de la enfermedad se podrá recurrir a esas dos terapias.

El acuerdo alcanzado estipula que el suero equino podría indicarse a pacientes con enfermedad severa con hasta 10 días desde el inicio de los síntomas, con diagnóstico confirmado de Covid-19 y que debería ser administrado en el ámbito hospitalario, con monitoreo médico en dos dosis, a razón de 4 mg/Kg de peso, con un intervalo de 48 horas por vía intravenosa.

En el caso del plasma de pacientes convalecientes, el consenso concluyó que se debe administrar plasma de convalecientes de Covid-19 en pacientes mayores de 75 años con menos de 72 horas de iniciados los síntomas, que no presenten criterios de gravedad y que cuenten con diagnóstico confirmado de la enfermedad.

El tratamiento con plasma deberá realizarse de acuerdo al criterio de los médicos tratantes en interconsulta con el Servicio de Medicina Transfusional, y la aplicación será de 1 unidad de plasma de entre 200 y 300 ml, con títulos de IgG anti-SARS-CoV-2 superiores a 1:1000.

Tales practicas de tratamiento están supeditadas a la publicación de su aprobación formal en el Boletín Oficial.